¿Todavía puedo reclamar a la ART si pasó tiempo desde el accidente laboral?
Muchos trabajadores creen que, si no iniciaron el reclamo inmediatamente después de un accidente laboral, ya perdieron definitivamente el derecho a reclamar una indemnización.
Sin embargo, eso no siempre es así.
En Argentina, existen situaciones donde todavía es posible reclamar ante la ART, incluso después de haber pasado meses o años desde el accidente, especialmente cuando:
- las secuelas continúan,
- el dolor empeora con el tiempo,
- aparecen nuevas limitaciones,
- o la ART otorgó un alta médica “sin incapacidad” pero el trabajador nunca se recuperó realmente.
Por eso, la pregunta importante no es solamente cuánto tiempo pasó, sino también desde cuándo empieza a contarse el plazo legal para reclamar.
Cuál es el plazo para reclamar ante la ART
La Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) establece que, en general, el plazo para reclamar una indemnización por accidente laboral o enfermedad profesional es de 2 años.
Ese plazo puede aplicarse a:
- accidentes ocurridos en el trabajo,
- accidentes “in itinere” (yendo o volviendo del trabajo),
- enfermedades profesionales,
- secuelas permanentes,
- y reclamos por incapacidad laboral.
Si ese tiempo vence, el derecho puede verse afectado por la prescripción, que es la pérdida de la posibilidad legal de exigir judicialmente la indemnización.
Pero en la práctica, muchos casos requieren un análisis más profundo, porque el plazo no siempre comienza el mismo día del accidente.
Desde cuándo empiezan a correr los 2 años
Uno de los errores más comunes es pensar que el plazo siempre empieza el día exacto del accidente laboral.
En realidad, eso depende de cada situación.
Cuando el plazo puede comenzar desde el accidente
Si el accidente tuvo consecuencias inmediatas y nunca hubo tratamientos posteriores, el plazo normalmente comienza desde la fecha del hecho.
Cuando el plazo puede comenzar desde el alta médica
En muchos casos, la ART brinda tratamientos médicos, estudios, rehabilitación o kinesiología y luego otorga un alta médica.
Cuando eso sucede, el plazo suele comenzar desde la notificación formal de esa alta, especialmente si:
- se determinó un porcentaje de incapacidad,
- se cerró el expediente,
- o la ART informó que el trabajador estaba “sin secuelas”.
Cuando el plazo puede comenzar desde el conocimiento de la incapacidad
Esto ocurre frecuentemente en:
- enfermedades profesionales,
- lesiones que empeoran con el tiempo,
- hernias,
- lesiones de columna,
- problemas articulares,
- o secuelas que inicialmente no parecían graves.
En esos casos, el plazo puede empezar a contarse desde el momento en que existe un diagnóstico médico claro que confirma la incapacidad laboral.
El caso más frecuente: alta médica “sin incapacidad” pero con dolor persistente
Muchos trabajadores reciben tratamiento durante algunas semanas y luego la ART les otorga el alta médica indicando que no existe incapacidad.
Sin embargo, después del alta continúan:
- los dolores,
- la pérdida de fuerza,
- las limitaciones físicas,
- o las dificultades para trabajar normalmente.
Esto es muchísimo más común de lo que parece.
El hecho de que la ART haya cerrado el expediente o indicado “sin incapacidad” no significa automáticamente que el trabajador perdió el derecho a reclamar.
Si las secuelas continúan, todavía puede ser posible:
- impugnar el alta médica,
- solicitar una nueva evaluación,
- reclamar una incapacidad no reconocida,
- o iniciar acciones legales contra la ART.
Qué pasa si la lesión empeora con el tiempo
Existen lesiones que inicialmente parecen leves, pero meses o años después generan nuevas complicaciones.
Eso se conoce como reagravamiento.
El reagravamiento ocurre cuando el estado de salud empeora como consecuencia directa del accidente laboral original.
Por ejemplo:
- aumento del dolor,
- pérdida progresiva de movilidad,
- nuevas limitaciones físicas,
- secuelas psicológicas,
- o incapacidades que antes no habían sido detectadas correctamente.
En estos casos, puede ser posible:
- reabrir el reclamo,
- realizar nuevas evaluaciones médicas,
- presentar estudios recientes,
- o discutir nuevamente la incapacidad laboral reconocida por la ART.
Por eso, aunque haya pasado tiempo desde el accidente, no siempre significa que el caso esté definitivamente cerrado.
¿Se puede suspender o interrumpir el plazo para reclamar?
Sí. Existen situaciones donde el plazo legal puede suspenderse o interrumpirse.
Esto puede suceder, por ejemplo:
- al iniciar trámites ante la Comisión Médica,
- mediante intimaciones formales,
- o al presentar una demanda judicial.
Cada una de estas situaciones tiene efectos legales distintos sobre la prescripción y requiere un análisis específico según las fechas y documentación del caso.
Por eso es importante actuar antes de que transcurra más tiempo innecesariamente.
Por qué muchas personas creen erróneamente que ya no pueden reclamar
Es muy habitual que trabajadores lesionados piensen:
“Ya pasó demasiado tiempo.” “La ART ya cerró el expediente.” “Seguí trabajando, así que ya no puedo reclamar.” “Nunca hice juicio, así que perdí todo.”
Pero muchas veces existen:
- secuelas mal evaluadas,
- incapacidades no reconocidas,
- tratamientos inconclusos,
- estudios médicos recientes,
- diferencias entre informes,
- o empeoramientos posteriores que todavía permiten reclamar.
Cada situación debe analizarse individualmente.
Qué hacer si sufriste un accidente laboral hace tiempo
Si tuviste un accidente laboral o una enfermedad profesional y todavía tenés molestias, dolor o limitaciones físicas, es importante revisar:
- cuándo ocurrió el accidente,
- qué tratamientos realizó la ART,
- si hubo alta médica,
- si existen estudios nuevos,
- y si actualmente persisten secuelas o dificultades para trabajar.
También es fundamental conservar:
- estudios médicos,
- resonancias,
- recetas,
- altas médicas,
- denuncias del accidente,
- y cualquier documentación relacionada con la ART.
Muchas personas creen que ya no tienen posibilidades legales cuando en realidad todavía están a tiempo de reclamar una indemnización importante.
¿Pasó tiempo desde tu accidente laboral y no sabés si todavía podés reclamar?
Si la ART te dio el alta pero seguís con dolor, si aparecieron nuevas secuelas con el tiempo o si nunca reclamaste por miedo o desconocimiento, todavía puede existir la posibilidad de iniciar un reclamo.
En muchos casos, un análisis jurídico y médico adecuado permite determinar:
- si el plazo sigue vigente,
- si hubo una incapacidad mal evaluada,
- o si corresponde reclamar una indemnización laboral mayor.
Analizamos accidentes laborales, altas médicas, reagravamientos y secuelas permanentes de manera confidencial para evaluar si todavía estás a tiempo de reclamar ante la ART.