La ART rechazó tu enfermedad profesional: un fallo de Neuquén la condenó a pagar $3,7 millones
La ART rechazó su enfermedad profesional, la Justicia de Neuquén lo condenó a pagar $3,7 millones
Un trabajador hotelero de Neuquén desarrolló una neuropatía cubital después de once años lavando ropa blanca. La ART dijo que no era laboral. El Juzgado Laboral N°1 le dio la razón, declaró inconstitucional el DNU 669/19 y condenó a la aseguradora a pagar una indemnización de más de $3,7 millones más intereses. Si la ART rechazó tu cobertura, este fallo te interesa.
¿Qué le pasó al trabajador?
R.P.M. trabajaba desde 2012 en el lavado de ropa blanca de un hotel. Sus tareas implicaban esfuerzo continuo, movimientos repetitivos y posiciones antiergonómicas. Después de once años, su cuerpo empezó a dar señales.
En 2023 comenzó a sentir adormecimiento en el cuarto y quinto dedo de la mano izquierda, hormigueo frecuente, pérdida de fuerza y dolor que subía desde el codo hasta la mano. Consultó a un médico por su obra social. El diagnóstico fue claro: neuropatía cubital izquierda de grado moderado a severo, con hipotrofia tenar (pérdida de masa muscular en la base del pulgar).
Hizo fisioterapia y kinesiología, pero no mejoró. Necesitaba cirugía.
Ahí apareció el primer problema grande: la ART rechazó la cobertura.
¿Por qué la ART rechazó la cobertura?
Cuando R.P.M. denunció la enfermedad profesional, La Segunda ART S.A. realizó una resonancia magnética y sostuvo que las lesiones eran “inculpables”, es decir, no relacionadas con el trabajo. Argumentó que no estaban incluidas en el listado de enfermedades profesionales y rechazó totalmente el siniestro.
El trabajador quedó en el medio: necesitaba operarse, pero la ART le decía que no era su problema. Tuvo que hacerlo por su obra social.
Este escenario es más común de lo que parece. Muchas ART rechazan la cobertura alegando que la patología es preexistente o inculpable, obligando al trabajador a recorrer un camino judicial para demostrar lo contrario.
¿Qué dijo la Justicia?
El caso llegó al Juzgado Laboral N°1 de Neuquén, a cargo de la S.L. El tribunal analizó tres puntos centrales: si la enfermedad era laboral, el grado de incapacidad y el monto de la indemnización.
La pericia médica fue la prueba decisiva. La perito oficial determinó que el trabajador tenía una incapacidad física del 5% por limitación funcional del codo izquierdo (4%) y la muñeca izquierda (1%). Aplicó factores de ponderación (edad, tareas, etc.) y elevó el porcentaje al 7,5%. La ART impugnó la pericia, pero la jueza consideró que las objeciones eran insuficientes para desvirtuar el dictamen.
Dijo la sentencia: “Las observaciones y objeciones formuladas por la parte demandada son insuficientes para modificar la contundencia del dictamen oficial.”
La jueza declaró inconstitucional el DNU 669/19. Este decreto del Poder Ejecutivo pretendía modificar la forma de calcular las indemnizaciones usando el índice RIPTE, que da valores menores que la tasa activa bancaria. El tribunal consideró que el decreto no cumplía con los requisitos constitucionales para ser dictado por necesidad y urgencia, y que reducir las indemnizaciones viola los principios de progresividad y no regresión en materia laboral.
Aplicó la doctrina “Trotelli” del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén para los intereses. Esto significa que se aplica la tasa activa de préstamos personales del BPN (TEA) desde la fecha de demanda hasta el 31 de marzo de 2024, y desde ahí la tasa legal del Banco Nación (TNA) hasta el pago efectivo, sin capitalización.
La condena total fue de $3.745.543,39, más los intereses calculados según ese criterio. Además, las costas del juicio quedaron a cargo de la ART.
El estudio jurídico del Dr. Juan Cristóbal Inaudi representó al trabajador y obtuvo una sentencia favorable con imposición de costas a la contraria.
Si tu caso es similar, una consulta con un especialista puede ayudarte a evaluar si tenés chances reales de reclamar.
¿Qué significa la inconstitucionalidad del DNU 669/19?
El DNU 669/19 fue dictado en 2019 por el Poder Ejecutivo para modificar el artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo. Su efecto principal era usar el índice RIPTE para actualizar los salarios en el cálculo de la indemnización, en lugar de aplicar intereses a tasa activa.
¿Por qué esto es importante? Porque el RIPTE actualiza por debajo de la inflación real y muy por debajo de la tasa activa bancaria. Si se aplicara, las indemnizaciones perderían valor rápidamente. Por ejemplo, mientras la tasa activa del Banco Nación ronda tasas que siguen de cerca la inflación, el RIPTE suele quedar rezagado.
La jueza consideró que el Poder Ejecutivo se excedió en sus facultades al dictar un decreto de necesidad y urgencia cuando el Congreso estaba en período ordinario de sesiones. También señaló que la modificación contradice el principio de progresividad: si antes se calculaba con un método más favorable, no se puede reducir ese estándar.
¿Qué significa para el trabajador que reclama? Que su indemnización se calcula con el método más beneficioso, sin la reducción que pretendía el DNU.
¿Cuánto cobró y cómo se calculó?
La liquidación del caso permite entender cómo se determina una indemnización por enfermedad profesional:
- Incapacidad: 7,5% (5% físico + factores de ponderación)
- IBM (Ingreso Base Mensual): $292.725,02
- Intereses hasta la sentencia: $262.975,66
- Indemnización por incapacidad (art. 14.2.a LRT): $3.121.286,16
- Adicional art. 3 ley 26.773: $624.257,23
- Total de condena: $3.745.543,39
A ese capital se suman los intereses moratorios desde la fecha de demanda (6 de marzo de 2024) hasta el efectivo pago, según la tasa definida en el precedente “Trotelli”.
¿Por qué esto es relevante para vos?
Si trabajás en hotelería, gastronomía, limpieza, industria o comercio, y realizás tareas repetitivas con las manos o los brazos, este fallo te muestra varias cosas importantes:
- El rechazo de la ART no es definitivo. La Justicia puede revisar esa decisión y, si la pericia médica demuestra el nexo laboral, condenar a la aseguradora.
- La pericia médica es la clave del juicio. El tribunal se apoyó en el dictamen pericial para determinar la incapacidad y el origen laboral.
- El DNU 669/19 no se aplica en Neuquén. Los tribunales neuquinos vienen declarando su inconstitucionalidad, lo que mejora el monto final de la indemnización.
- Las costas las paga la ART. Si el reclamo prospera, la aseguradora debe hacerse cargo de los gastos del juicio y los honorarios de tu abogado.
Si la ART ya rechazó tu cobertura o estás teniendo síntomas compatibles con una enfermedad profesional, el primer paso es consultar con un abogado especializado en riesgos del trabajo para evaluar tu situación.
Preguntas Frecuentes
¿La neuropatía cubital es una enfermedad profesional?
Depende de las tareas que realices. Si tus actividades laborales implican movimientos repetitivos de flexión y extensión del codo, apoyo prolongado sobre el codo o vibraciones, y un médico especialista determina el nexo causal, puede ser reconocida como enfermedad profesional. En este caso, la perito determinó que las tareas de lavandería hotelera (esfuerzo continuo, movimientos repetitivos, posiciones antiergonómicas) fueron la causa de la neuropatía cubital del trabajador.
¿Qué hago si la ART rechaza mi enfermedad profesional?
El rechazo de la ART no es la palabra final. Podés iniciar un reclamo judicial para que un tribunal determine si la enfermedad es de origen laboral. Es fundamental contar con:
- Historia clínica y estudios médicos
- Perito médico que determine el nexo causal
- Abogado especializado en derecho laboral
El caso de R.P.M. demuestra que incluso cuando la ART rechaza la cobertura alegando patología inculpable, la Justicia puede revertir esa decisión.
¿Cuánto tiempo dura un juicio laboral contra la ART?
Depende de la complejidad del caso y la carga del tribunal, pero en general un juicio laboral por enfermedad profesional en Neuquén puede llevar entre uno y tres años desde la demanda hasta la sentencia. En este caso, la demanda se interpuso en marzo de 2024 y la sentencia es de marzo de 2026. Factores como la producción de prueba pericial, las impugnaciones de la ART y la eventual apelación pueden extender los plazos.
¿Puedo operarme por mi obra social si la ART no cubre?
Sí. Si la ART rechaza la cobertura y necesitás una cirugía, podés recurrir a tu obra social para realizar la intervención. Esto no perjudica tu reclamo judicial. De hecho, en este caso el trabajador se operó por su obra social y aun así obtuvo una indemnización. Es importante guardar todos los comprobantes médicos y facturas, porque también podés reclamar el reintegro de esos gastos.
¿Qué es el DNU 669/19 y cómo afecta mi indemnización?
Es un decreto del Poder Ejecutivo que modificó la fórmula de cálculo de las indemnizaciones laborales, reemplazando la tasa activa bancaria por el índice RIPTE (un indexador que actualiza por debajo de la inflación). Si se aplicara, las indemnizaciones serían menores. En Neuquén, los tribunales vienen declarando su inconstitucionalidad, lo que significa que se sigue usando el cálculo tradicional más favorable para el trabajador.
¿Necesito un abogado para reclamar a la ART?
Sí. El proceso judicial laboral requiere representación letrada obligatoria. Además, un abogado especializado en riesgos del trabajo puede:
- Evaluar si tu enfermedad califica como profesional
- Reunir la prueba médica necesaria (pericia)
- Calcular correctamente la indemnización
- Gestionar plazos y notificaciones
- Defender tus derechos frente a las impugnaciones de la ART
En la mayoría de los casos, si el reclamo prospera, las costas del juicio (incluyendo los honorarios de tu abogado) quedan a cargo de la ART.
Conclusión
La sentencia a favor de R.P.M. no es solo un caso exitoso: es una herramienta concreta para cualquier trabajador neuquino que enfrenta el rechazo de su ART. Demuestra que la Justicia laboral puede revisar esas decisiones, que la pericia médica es el centro del debate y que derechos como la progresividad de las indemnizaciones se defienden en los tribunales.
Si estás en una situación similar —tenés síntomas compatibles con una enfermedad profesional, la ART rechazó tu cobertura o simplemente querés saber si podés reclamar—, el paso más importante es consultar con un abogado especializado que evalúe tu caso y te indique el mejor camino a seguir.
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